Recorrido histórico de las Participaciones Preferentes en España
por Elena Cuevas y Jorge Suárez
A pesar de que las participaciones preferentes se hicieron populares a raíz del escándalo de su masiva y oscura comercialización entre los inversores minoristas tras el estallido de la crisis en 2008 y la avalancha de reclamaciones de los consumidores a partir de 2011, se trata de un producto financiero de largo recorrido que se emiten en España desde 1998.
A pesar de que las participaciones preferentes se hicieron populares a raíz del escándalo de su masiva y oscura comercialización entre los inversores minoristas tras el estallido de la crisis en 2008 y la avalancha de reclamaciones de los consumidores a partir de 2011, se trata de un producto financiero de largo recorrido que se emiten en España desde 1998.
Según el Banco de España, las participaciones
preferentes se definen como: “un instrumento financiero emitido por una
sociedad que no otorga derechos políticos al inversor, ofrece una retribución
fija (condicionada a la obtención de beneficios) y cuya duración es perpetua,
aunque el emisor suele reservarse el derecho a amortizarlas a partir de los
cinco años, previa autorización del supervisor (en el caso de las entidades de
crédito, el Banco de España). Son los últimos inversores en cobrar en caso de
quiebra de la entidad, sólo antes de los accionistas”. Las principales características
de estos productos son, por lo tanto, las siguientes:
- Se trata de un producto híbrido consistente en
una deuda perpetua que computa como capital social, y por lo tanta presenta
características de títulos de deuda y de acciones.
- Forman parte de los recursos propios del
emisor.
- La rentabilidad de estos activos es una remuneración
predeterminada y no acumulativa fija o variable, pero dependen de la existencia
de beneficio distribuible por parte del emisor.
- Confieren a sus titulares derechos económicos
en forma de intereses, pero no políticos, cómo el derecho de voto y de
adquisición preferente que tienen los accionistas.
- En el orden de prelación de créditos se sitúan
por delante de las acciones ordinarias, y por detrás de los acreedores comunes
y subordinados.
A continuación pasaremos a realizar un análisis
de la evolución histórica de este instrumento financiero y su situación actual:
Periodo
hasta 2008: Origen y expansión durante el crecimiento económico
Las participaciones preferentes comenzaron a
cotizar en el AIAF (Asociación de Intermediarios de Activos Financieros) en
1998, sin embargo, ante la falta de regulación, las emisiones se realizaban en paraísos
fiscales. Es en 2003 cuando se permite a las entidades españolas realizar sus
emisiones en España; también, en este mismo año, comienzan a regularse las
participaciones preferentes. Desde el principio, las participaciones
preferentes gozaron de gran aceptación entre los inversores, sin embargo, a
partir de 2005 su interés decayó.
La entidad encargada de supervisar la
negociación de estos productos es la Comisión Nacional del Mercado de Valores
(CNMV), encargada de velar para su correcta negociación y la protección de los
inversores que, en su mayoría, no eran conscientes de los riesgos asumidos al
adquirir estos productos y del complejo proceso de valoración. Debido a que las
entidades buscan, mediante estas emisiones, mejorar los coeficientes de
cobertura de recursos propios, y a que normalmente son ellas mismas las que
comercializan dichos productos, era frecuente que hubiera “conflictos de
intereses”, resultando perjudicado el inversor.
Por ello, la CNMV estableció en 2005 unos
criterios y pautas que las entidades deberían seguir (tomado de Blanco
Marcilla, Eduardo. Participaciones preferentes: Rentabilidad de las
emisiones. CNMV, 2007):
- “Las entidades han de contar con procedimientos internos que garanticen que las condiciones financieras de la emisión se adecuan a las condiciones de mercado.
- La estructura organizativa de la entidad debe garantizar la debida separación e independencia entre las personas o áreas de actividad que puedan generar conflictos de interés en las siguientes etapas del proceso: fijación de las condiciones de la emisión, preparación del folleto, emisión de recomendaciones y comercialización a los clientes minoristas.
- Las pautas de actuación anteriores deben formar parte de los procedimientos de control interno aprobados por el Consejo de Administración de la entidad o por el órgano responsable de este cometido y, en consecuencia, su cumplimiento ha de ser objeto de revisión por el órgano responsable del control interno. “
Desde que se establecieron estas condiciones, el
volumen de emisión disminuyó, y las condiciones en que se emitieron
participaciones preferentes fueron más favorables para el inversor. Además, en
este mismo año, la CNMV desaconsejó su venta a los clientes minoristas; las
razones principales fueron su alta complejidad y riesgo.
Hasta el año 2004, estaba vigente el Acuerdo de
Basilea I, que limitaba el apalancamiento a 12,5 veces el valor de los recursos
propios de las entidades financieras; pero no se tenía en cuenta la calidad
crediticia del prestatario. Por ello, en 2004 se aprueba Basilea II, que
consistió en tres pilares que reforzaban los requisitos mínimos de capital, un proceso
de supervisión de la gestión de los fondos propios y la disciplina de mercado
mediante normas de transparencia y generalización de las buenas prácticas
bancarias y homogeneizarlas a nivel internacional, respectivamente.
El hecho de estuviera vigente Basilea II suponía
que las participaciones preferentes estuvieran consideradas core capital (capital regulatorio o
capital básico), por lo que su venta aumentó en gran medida en 2004, y a su
vez, hizo aumentar el riesgo crediticio de las entidades.
Posteriormente en 2006 y 2007 los inversores
institucionales van perdiendo interés por las participaciones preferentes hasta
que llega el estallido de la crisis
Periodo
entre 2008 y 2011: Incremento de la comercialización a raíz de la crisis
Una vez baja la demanda de participaciones
preferentes por inversores institucionales y ante las necesidades de
financiación que provocó el aumento de la morosidad en la crisis y la admisión
de las preferentes como recursos propios por el Real Decreto Ley 9/2009 que
regula el Plan de Reestructuración Ordenada Bancaria, las entidades financieras
comienzan a comercializarlo masivamente entre los inversores minoristas,
habitualmente con escasa información y malas prácticas. Además, ese mismo año
se había traspuesto en España la Directiva 2004/39/CE de la Directiva de
Mercados de Instrumentos Financieros (MIFID), en donde se obliga a las
entidades a la protección del cliente mediante el test de idoneidad.
De esta
forma en 2009 se emiten 13.553
millones euros en participaciones preferentes, más que en ningún otro periodo
en su historia.
A continuación un gráfico
que muestra el total del número de emisiones y de los millones emitidos por
entidad desde 1998.
Periodo
desde 2011: Nueva regulación, canjes y reclamaciones
Los efectos del plan de reestructuración, los
acuerdos de Basilea III y el Memorandum of Understanding (MoU) primero llevan a
las entidades financieras a incrementar sus emisiones hasta los 13.533 millones
en 2009 para luego reducirlas a su inexistencia a partir de 2011.
En primer lugar, el Decreto Ley 9/2009 establecía
como requisito para acceder a la financiación pública del Fondo de
Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) que las participaciones preferentes
emitidas fuesen convertibles en acciones, cuotas participativas y aportaciones
al capital social de las entidades, de tal forma que los emisores tenían la
obligación de recomprarlos en un plazo máximo de 5 años o el FROB podría
proceder a su conversión.
En segundo lugar, con la publicación del Real
Decreto 2/2011, de 19 de febrero, para el Reforzamiento del Sistema Financiero,
se establecen las bases de Basilea III pero con mayores coeficientes de
solvencia, exigiendo un 8% de core
capital a los bancos y un 10% a las cajas de ahorros, ya que no cotizan en
bolsa y no pueden acceder a su financiación. Además, Con Basilea III las
preferentes dejan de integrar el TIER 1 del capital regulatorio, que pasa a
estar formado exclusivamente por el capital social y las reservas.
En tercer lugar, el MoU es el documento donde se
describe la hoja de ruta y se establece el proceso de reestructuración y
recapitulación de la banca española. Entre los compromisos que se han asumido
se encuentra el burden-sharing, e
implica que no sólo los accionistas deben absorber las pérdidas, sino que
también los poseedores de participaciones preferentes y deuda subordinada.
Adicionalmente, el FROB estableció el canje obligatorio a las siguientes
entidades: Bankia, Novagalicia Banco, Catalunya Banc, Banco de Valencia y CEISS.
Estas nuevas regulaciones dan lugar a que las
entidades financieras pierdan el interés por seguir emitiendo participaciones
preferentes y a que procedan a canjear y a ofrecer productos que sí computan como
capital de alta calidad, como bonos convertibles en acciones o acciones
ordinarias. Por otro lado, el proceso de amortización obligatorio produjo unas
quitas a los inversores que supusieron un recorte medio del 46,66% del valor
nominal en las entidades intervenidas por el FROB.
Las quitas y los canjes produjeron una avalancha
de reclamaciones a los bancos, acciones penales, demandas civiles, arbitrajes y
acciones colectivas que continúan hoy en día y que produjeron una gran
relevancia mediática que salir a la luz las malas prácticas de su
comercialización en 2009.
Desde 2011 no han vuelto a emitirse
participaciones preferentes en España y se ha ido reduciendo su saldo vivo
desde 31.088 millones de euros en 2011 hasta 497 millones en marzo de 2016
Referencias
·
Blanco Marcilla, Eduardo. Participaciones
preferentes: Rentabilidad de las emisiones. CNMV, 2007
·
Muñiz Gorostiza, Sara. Participaciones
preferentes. Trabajo de Fin de Grado tutorizado por Valdunciel Bustos, Laura.
Universidad de León (2012).
·
Fernández Rodríguez, Laura. Trabajo de Fin de
Grado tutorizado por Castaño Gutiérrez, Francisco Javier. Universidad de León
(2014)
·
http://buleria.unileon.es/xmlui/bitstream/handle/10612/3789/09786218V_GE_julio14.pdf?sequence=1
·
http://www.cnmv.es/docportal/publicaciones/monografias/mon2007_24.pdf
·
http://buleria.unileon.es/xmlui/bitstream/handle/10612/1898/71431389J_GADE_septiembre12.pdf?sequence=1
·
http://www.expansion.com/diccionario-economico/participaciones-preferentes.html
·
http://www.eleconomista.es/mercadoscotizaciones/noticias/3756804/02/12/Preferentes-un-producto-adulterado-en-vias-de-extincion.html
·
http://www.expansion.com/2010/10/12/opinion/tribunas/1286912924.html
·
http://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/InformesBoletinesRevistas/RevistaEstabilidadFinanciera/10/Nov/Fic/ref0119.pdf
·
http://www.unitedexplanations.org/2012/07/09/participaciones-preferentes-un-rescate-a-la-banca-sin-contrapartidas/
·
http://www.expansion.com/diccionario-economico/basilea-acuerdos.html
·
http://www.aiaf.es/esp/aspx/Aiaf/EstadisAIAF.aspx?id=esp
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